viernes, 8 de enero de 2010

PRIMERA SANCIÓN Y MULTA A LA CAJA MUNICIPAL ICA, POR INFRACCIÓN A LA LEY DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR.



Con fecha 18 de Diciembre del 2009, el INDECOPI-ICA mediante Resolución Nº 207-2009/CPC-INDECOPI-ICA, declaró FUNDADA la denuncia de la Usuaria DORIS VICENTA NOBLECILLA PEÑA, con domicilio en el Distrito de Subtanjalla, imponiendo a la CAJA MUNICIPAL ICA una multa de 6.34 UIT (S/. 22,507.00).

Las denuncias efectuadas a la CAJA MUNICIPAL ICA por infracción a la Ley de Protección al Consumidor, tienen como fundamento principalmente:

1.- Por no realizar la liquidación de reducción de intereses correspondiente al pago anticipado y no emitir un nuevo cronograma de pagos.

2.- Por cobro de intereses indebidos por pagos anticipados.

3.- Por negarse a recibir posteriores pagos, condicionando a la suscripción de un nuevo contrato en perjuicio del usuario.

4.- Por no atender el escrito de reclamo presentado por el usuario.

De acuerdo al artículo 41º de la Ley de Protección al Consumidor es facultad del INDECOPI sancionar con una multa al infractor CAJA MUNICIPAL ICA, que se duplicarán sucesivamente en las otras denuncias.

La DEFENSORIA DEL VECINO reitera su llamado a los usuarios de las entidades financieras, les esperamos en nuestras oficinas para asesorarlos y de ser posible defenderlos SIN COSTO ALGUNO.

Ica, Enero 2010.

CON EL RUEGO DE SU DIFUSIÓN.

Calle La Mar Nº 149 2do. Piso Teléfono: 232300 - Ica

Av. Benavides Nº 285 2do. Piso oficina Nº 14 – Teléfono: 268268 – Chincha Alta.

Email: defensoriadelvecino@hotmail.com

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