jueves, 6 de agosto de 2009

CONGRESISTA SERNA PRESENTA PROYECTO “LEY QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 2º Y 4º DE LA LEY Nº 27758 – LEY QUE CREA LA JUNTA DE ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES DEL COLEGIO NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA ”

El congresista iqueño Fredy Serna Guzmán, en su condición de ex alumno Sanluisano y como parte de su labor parlamentaria, presentó una iniciativa legislativa, para hacer viable la Junta de Administración de los Bienes del Colegio San Luis Gonzaga de Ica, la norma modifica los artículos 2º y 4º de la Ley Nº27758, con ello se espera que la inversión que se haga permita devolverle al plantel, la prestancia y prestigio de siempre.

De aprobarse en el Congreso de la República, el texto de la ley seria el siguiente:

Artículo 1°.- Modificación del artículo 2º y 4º de la Ley Nº 27758
Sustitúyase el artículo 2º y 4º de la Ley N° 27758, en los siguientes términos:

“Artículo 2º .- Integrantes
La Junta de Administración de los Bienes del Colegio Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica, estará integrada por:

1. El Director del Colegio Nacional “San Luis Gonzaga “ de Ica, quien la presidirá.
2. El Director Regional de Educación o su representante.
3. Un representante de los docentes del Colegio Nacional “San Luis Gonzaga “
4. Un representante de los ex alumnos del Colegio Nacional “San Luis Gonzaga”.

Artículo 4º .- Del Comité de Fiscalización y Control
Las acciones de fiscalización y control de gastos, inversiones y administración estarán a cargo del Comité de Fiscalización y Control integrado por:

1. Un representante del Colegio de Contadores de Ica, quien la presidirá.
2. Un representante de la Asociación de Padres de Familia del Colegio Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica
3. Un representante del Colegio de Abogados de Ica”.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.- La Junta de Administración de los Bienes del Colegio Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica a que se refiere el artículo 1º de la Ley Nº 27758 y la ejecución de sus recursos se encuentran sujetas a las disposiciones contenidas en la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus normas complementarias y reglamentarias en lo que corresponda.

SEGUNDA.- Esta Ley entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

El parlamentario iqueño, indicó que con la norma se pretende hacer viable el funcionamiento de la Junta de Administración y hacer transparente la gestión de la misma, a fin de evitar situaciones muy enojosas ocurridas en administraciones pasadas, que hicieron mal uso de los ingresos de los bienes del bicentenario plantel.

No hay comentarios :

Publicar un comentario