miércoles, 28 de diciembre de 2011

CONGRESO OFICIALIZÓ LEY DE FEMINICIDIO

Desde ayer, oficialmente el feminicidio existe como una figura legal en el Código Penal, luego que el Congreso publicara en las Normas Legales la Ley 29819 que modifica el artículo 107 del referido código para incluir este delito que se castigará con 15 años de cárcel.

La ley que crea la figura penal del feminicidio - muerte de una mujer a manos de su pareja- fue aprobada por el pleno del Congreso el jueves 01 de diciembre por 90 votos a favor, dos en contra y 14 abstenciones.

El artículo 107 del Código Penal indica que “quien a sabiendas, mata a su ascendiente, descendiente, natural o adoptivo, o a quien es o ha sido su cónyuge, su conviviente, o con quien esté sosteniendo o haya sostenido una relación análoga, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 15 años”.

En el Perú se registraron 405 mujeres víctimas de un homicidio entre los años 2009 y 2011 (enero-setiembre), según cifras del Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público. De ese total, el 34.8% lo fue a manos de sus parejas o ex parejas (245).














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