miércoles, 15 de julio de 2009
CONGRESISTA SERNA DENUNCIA A EX DIRECTOR GENERAL DE HIDROCARBUROS POR ILEGAL UBICACIÓN DEL DUCTO DE GAS EN PLAYA LOBERÍA EN PLENA ZONA DE LA RESERVA DE PARACAS
También denuncia a Saba Andrea, Presidente de Perupetro, por el delito de Falsedad Genérica, por haber alterado la verdad.
El Congresista Fredy Serna Guzmán, formuló denuncia penal contra el ex Director de la Dirección General de Hidrocarburos DGH, Pedro Touzett Gianello por el delito de Colusión Desleal, al establecerse que el punto final del Ducto del Sistema de Transporte de Líquidos de Gas Natural de Lima, se ubica en el lugar denominado Playa Lobería en plena zona de reserva de Paracas, contraviniendo los términos del Contrato de Concesión.
Se recordó, que el 9 de diciembre del 2000, se firmó el Contrato de Concesión de Transporte de Líquidos de Gas Natural de Camisea a la Costa, entre el Ministerio de Energía y Minas a través de la DGH, representado por Pedro Touzett Gianello y el Consorcio integrado por TECGAS N.V., Pluspetrol, Hans Oil, SK Sonatrach y Graña Montero, representados por Ricardo Mar Roos, Ignacio María Casares, Isabel Selarco, Christopher Stone, Francisco Gálvez Dañino, Besamar Berrovayel, Abdel Hafid Adderrahim y Hernando Graña A.
El contrato, en el Anexo 1, numeral 4.4, señala: “El punto final del ducto estará ubicado en un área cercana a la planta de fraccionamiento, en la zona denominada Pampa Clarita, en la Provincia de Cañete, Departamento de Lima. Asimismo, precisa que el (El Productor y la Sociedad Concesionaria podrán acordar una ubicación diferente para el punto final del ducto, previa aprobación del concedente).
Serna Guzmán, para comprobar el cumplimiento del Contrato, pide al Presidente de Perupetro S.A. Daniel Saba, que remita los documentos sustentatorios, en su condición de concedente, que aprobó el cambio de ubicación de la Planta de Fraccionamiento de Líquidos de Gas Natural de la Pampa Clarita a la Playa Lobería.
Perupetro, sostiene que para la aprobación de la modificación acordada entre el Productor y la Sociedad Concesionaria, por el cambio de ubicación de la Planta de Fraccionamiento, le correspondía a la DGH como concedente; lo que, no es cierto, porque el Concedente es Perupetro, por este hecho se formuló denuncia contra Saba Andrea, por el delito de Falsedad Genérica, por haber alterado la verdad.
El parlamentario iqueño, asimismo solicitó al Ministro de Energía y Minas Pedro Sánchez, el documento sustentatorio por el cual en su condición de concedente (a través de la DGH) aprobó el cambio de ubicación de la Planta de Fraccionamiento, El Ministerio por intermedio del Director Gustavo Navarro Valdivia, deja entrever que la ubicación del punto final del ducto de Transporte, Empresa Transportadora de Gas del Perú S.A. a que hace referencia el numeral 4.4. del Anexo 1 del Contrato Boot, así como la ubicación de la Planta de Fraccionamiento del Consorcio liderado por la Empresa Pluspetrol Perú Corporation S.A., cuentan con las autorizaciones del Ministerio de Energía y Minas, a través de las Resoluciones Ministeriales Nº 339-2003-EM-DGAA y Nº 284-2003-EM-DGAA.
El Congresista de UPP, sostiene que dicha aseveración es falsa, porque las citadas Resoluciones no han autorizado la variación de la ubicación del punto final del Ducto ni la variación de la ubicación de la planta de Fraccionamiento; sino también porque la DGAA no es el área competente para autorizar dicha variación. Por estos hechos ha formulado denuncia contra el Director de la DGH Gustavo Navarro Valdivia por el delito de Falsedad Genérica.
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