Sombras Chinescas
La familia en pleno, con amigos cercanos como Rafael Rey, tomó el estrado frente al Hotel Bolívar.
(Caretas) Los dos candidatos que disputarán la segunda vuelta tienen puestos sobre sus cabezas grandes y preocupantes signos de interrogación que solo son reforzados por sus porcentajes de votación.
Ollanta Humala contó con un respaldo cercano al 32%. Keiko Fujimori obtuvo el 23%. Y eso no debe perderse de vista en esta campaña que vuelve a comenzar. En tal punto comienza la negociación para atemperar posiciones y convencer al electorado que no acompañó a ninguno de los dos y suma casi la mitad.
Si el objetivo de aquí a junio será correr al centro, lo que hizo la congresista Fujimori en los últimos días de campaña fue achicar su cancha e irse en estampida al extremo derecho.
Durante la primera parte de la campaña, Fujimori intentó escribir una narrativa de riesgoso equilibrio y alguna posibilidad (ver editorial). El “montesinismo” representaba al pasado y ella era el futuro del fujimorismo. Fue Keiko quien se opuso supuestamente al ex asesor en la última etapa de esa década y tuvo que enfrentar en el país la cobarde renuncia de su padre desde el exterior, vía fax.
Pero al final todo volvió a la ruta de los halcones nisei, que parecieron tomarse el estrado de su mitin de la noche del domingo 10, en la entrada del Hotel Bolívar. Tanto ahí como en su mitin de cierre de campaña, tres días antes, le pidió al público que los cánticos a favor de su padre se escuchasen “hasta la Diroes”. Reivindicó el gobierno de Alberto Fujimori como “el mejor de la historia” y justificó el autogolpe recién conmemorado. Ahora pretende reeditar el mal menor tan frecuente en la historia electoral del país bajo el disfraz de la continuidad del modelo.
La simbología ya parecía cábala. Fujimori y su equipo de campaña se reunieron el domingo en el mismo salón del Hotel Bolívar donde hace casi 11 años fue presentado el video Kouri-Montesinos que precipitó la caída del régimen y dio paso a una hemorragia sin precedentes de evidencia sobre corrupción. Esa mañana la parlamentaria y su familia desayunaron en la misma mesa de madera tallada en la que su padre comenzó el día de las elecciones aquel lejano 1990. Kenyi Fujimori, aquel niño que dijo que de grande quería ser presidente, ha salido elegido al Congreso con el lema publicitario del “sí, trabaja como el Chino”.
Y todo resulta inaceptable.
Por si fuera poco, y esto suele olvidarse, la Economía al final de los 90 terminó por las patas de los caballos. La recaudación se vino abajo y al gobierno de Toledo, que fue figura principal en la recuperación de la democracia, le tocó revertir la recesión. De entonces también provienen los contratos de estabilidad para la minería que son tan rechazados símbolos electorales hoy. Y allí está la tragedia de Islay como ejemplo contemporáneo de irresponsabilidad ambiental y capitalismo salvaje.
Buena parte del equipo, cercano entonces a la joven Fujimori, es quien hoy la acompaña. La reunión con su equipo técnico celebrada el lunes 11 era un retorno al año 2000. Desaparecido está Santiago Fujimori y ahí figuran, además de Jaime Yoshiyama, los ex ministros Marino Costa Bauer, Augusto Bedoya y Fernando de Trazegnies. Milagros Maraví, asesora principal del fallecido ex premier Alberto Bustamante, recuperó su influencia en el círculo.
Luz Salgado es otro de los personajes revividos desde las catacumbas del fujimorismo. Poco después de conocidas las proyecciones de resultados para la segunda vuelta, la congresista electa declaró que Máximo San Román debería ponerse “a la orden del país” e integrar el gabinete fujimorista.
Debe ser esa ironía nada sutil de la tienda naranja. San Román es el cusqueño que salió elegido vicepresidente en la plancha-aluvión encabezada por Alberto Fujimori, en 1990. Y tuvo el arrojo de renunciar al gobierno en 1992, luego del autogolpe del 5 de abril y a pesar de la aprobación de buena parte de los medios y la población.
Por eso sería de no creer que integre la candidatura del preso de la Diroes.
Libertad Bajo Palabra
Pautas jurídicas sobre el indulto a Alberto Fujimori.
De llegar a la Presidencia de la República, ¿puede Keiko Fujimori indultar a su padre, sentenciado a 25 años de prisión por crímenes de lesa humanidad?
Diego García-Sayán, presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, argumentó que “en lo que respecta específicamente a indultos por graves violaciones de derechos humanos o delitos de lesa humanidad es claro que cualquier reflexión o decisión sobre este tema tiene que estar perfectamente fundada en Derecho”.
Algunas consideraciones jurídicas sobre el tema del indulto indican lo siguiente:
1.- La facultad para conceder indultos es del Presidente de la República. Pero como cualquier atribución, ésta se tiene que ejercer en concordancia con el ordenamiento jurídico.
2.- No está en discusión en el derecho internacional que no se puede aplicar amnistía ni el beneficio de la prescripción cuando se trata de graves violaciones a los derechos humanos. Este principio acaba de ser ratificado por el Tribunal Constitucional (TC) cuando declaró inconstitucionales, el pasado 21 de marzo, aspectos esenciales del Decreto Legislativo 1097 de setiembre del 2010. El sentido de la decisión del TC es claro: el mandato es perseguir y sancionar los delitos de lesa humanidad.
3.- ¿Qué de los indultos? En este caso los hechos ya han sido investigados y la justicia estableció la responsabilidad penal. Fujimori: condenado a 25 años por la Corte Suprema por el asesinato de 25 personas, el secuestro agravado de otras dos personas y por la concurrencia de varias circunstancias agravantes (alevosía, entre otras). La Corte Suprema en su sentencia de diciembre de 2009 calificó los hechos como “delitos de lesa humanidad” (párrafos 1.2.1 y 1.2.2).
4.- Los tribunales latinoamericanos más activos tienden a establecer que frente a estas graves violaciones no caben indultos. La Corte Suprema de Argentina ha determinado la inaplicabilidad de indultos frente a crímenes internacionales (Caso Santiago Omar Riveros del 2007), pues chocarían con la obligación internacional de aplicar sanciones proporcionales a la gravedad de los crímenes.
5.- El TC ha razonado en semejante sentido en la sentencia de marzo de 2011 poniendo énfasis en el principio de “proporcionalidad”: a mayor vulneración de derechos, mayor debe ser el grado de satisfacción del otro, por ende, la obligación del Estado de sancionar.
6.- En todo caso, la facultad presidencial no podría desconocer que la ley 28760 establece expresamente que no procede el indulto en caso de secuestro. Este criterio, por lo demás, es el mismo en otros países de la región como Colombia, por ejemplo (expresamente prohibidas las amnistías e indultos para los partícipes de delitos de terrorismo, secuestro y extorsión).
7.- ¿Y el “indulto humanitario”? La reglamentación vigente lo limita a tres situaciones: a) enfermedad terminal; b) enfermedades no terminales para las cuales las condiciones carcelarias “puedan colocar en grave riesgo”, y c) los afectados por trastornos mentales para las cuales las condiciones carcelarias puedan, también, colocarlos en “grave riesgo”. Cualquiera de estas opciones tendría que encontrarse debida y sólidamente fundamentada. No parecería que, en este caso, alguna de las tres sea aplicable, pues no parece existir una “enfermedad terminal” ni tampoco condiciones deplorables en la Diroes, con lo cual el indulto no procedería.
García Sayán dijo a CARETAS que por el cargo que actualmente desempeña, le resulta difícil opinar sobre este tema, pero hizo un llamado para que “las acciones de las autoridades en asuntos como éste se enmarquen dentro del derecho internacional –del que es parte el Perú por decisión soberana–, así como de las normas vigentes en el derecho interno”.
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